El Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional es un instrumento legal que delimita las pautas generales de las condiciones que debe cumplir el lugar de trabajo y la prestación de servicios por parte de los trabajadores de un patrono. Tanto el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, como el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, podrán realizarle inspecciones de cumplimiento de sus normas de salud y seguridad ocupacional.
Cada patrono deberá cumplir con la documentación obligatoria de conformidad con este Reglamento, la cual se detalla a continuación:
- Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- Plan de Salud y Seguridad Ocupacional.
- Libro de Actas del Comité Bipartito.
- Monitor de Salud y Seguridad ocupacional.
- Comité Bipartito.
Plan de Evaluación
Esta documentación debe estar registrada ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social. En caso de no poseerla o esté interesado en una revisión de su documentación, podrá comunicarse con nosotros para que realicemos las gestiones que sean pertinentes para asegurar su cumplimiento.
Casos de incumplimiento
- Toda violación a las normas del Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, dará lugar a la imposición de una multa de entre tres a dieciocho salarios mínimos diarios, los cuales serán graduados dependiendo del incumplimiento o violación cometido.
Nota:
Cualquier duda o gestión de su interés sobre este tema, puede comunicarse con nuestro equipo Legal para concertar una reunión. *
Área de Derecho Laboral.